LA REVOLUCION EN MENDOZA NO VINO SOLA

Lic. Sergio Eschler

El proceso revolucionario iniciado en 1810 impacto de diversas formas en las diferentes regiones del Virreinato del Río de la Plata. En Cuyo, vino acompañado de grandes cambios  institucionales y sociales. Es así que se van a ir consolidando los “decuriones”, agentes fundamentales que se desempeñaban como nexos entre el Estado y los barrios. En la época sanmartiniana los decuriones fueron utilizados pragmáticamente por el Ejecutivo cuyano. Para ello se modificó el procedimiento anterior, con la finalidad de potenciar y valorar la figura del decurión en el cuartel y los barrios, asegurando que la autoridad de los mismos sería comparable con los alcaldes ordinarios. Una vez solucionado el problema de “soberanías jurídicas” y políticas de cada uno de los niveles del Estado, San Martín se apoyo en estos estatales potenciados para misiones fundamentales referidas a la construcción y financiamiento del Ejército Libertador. Basado en un estricto control sobre los decuriones electos, la causa revolucionaria delegó en estos, la recaudación del régimen de impuestos que van a suministrar y desarrollar la gesta sanmartiniana. De las funciones de los decuriones en tiempos de revolución en Mendoza, trata este texto.

 

 

La Revolución en Mendoza no vino sola.

Los decuriones como agentes subalternos de control y disciplinamiento en el gobierno revolucionario. (1810-1820)

“Sobre las piedras de las leyes, no de la voluntad, se funda la verdadera política”    Saavedra Fajardo

El uso del termino decurión se fortalece durante el proceso revolucionario, cuyas facultades se hallaba recortado sobre los alcaldes de barrio y de hermandad pero que, desde el inicio, fue pensado como agente del gobernador para controlar a la población y ejecutar sus decisiones en todos los rincones del espacio  político mendocino.[1] Según Edberto Oscar Acevedo, en su estudio “Orígenes de la organización judicial de Mendoza” señala que una de las primeras menciones a este funcionario fue emitida por la Junta Subalterna de Mendoza en el contexto de identificar y apresar a los desertores que se refugiaban en la cuidad. La Junta expresaba: “Participante de ese cuidado al celo de los decuriones “y agrega:

“A estos por la razón que tiene de los habitantes de sus cuarteles y el aviso que deben darle cuando se hospede otro individuo les será muy fácil descubrir cualquier delincuente”[2]

Esta figura política se fue consolidando en los orígenes de la Revolución de Mayo de tal manera que en 1812 el Cabildo de Mendoza dicta un reglamento. En el mismo se detallan las tareas específicas de los decuriones. En ocho días tenia que forma una exacta matrícula de los habitantes de su cuartel o barrio. En dicha práctica, no solo debían apuntar la identidad, sino también patria, estado y ejercicio, además de armas de fuego, y se confiscarán las armas del Rey. Asimismo la reglamentación dejaba claro, que cualquier transito de habitantes de un barrio a otro, de propiedad o inquilinos debía ser notificado al decurión y aprobado por él. La regulación también los empoderaba a administrar Justicia en las demandas verbales en todo caso que ocurra en el cuartel y en debito o contracción hasta 50 pesos.

Otras de las funciones, era patrullar las calles acompañado por vecinos de su satisfacción, por el transcurso de una hora de su consideración, para evitar desórdenes nocturnos. Tendrán especial cuidado en que no salgan aguas a las calles, para lo cual deberán exhortar a los vecinos que mantengas las acequias abiertas bajo apercibimientos, y además de prohibir de reuniones de enemigos del Estado. Claramente, con estas reglamentaciones queda establecido el régimen de decuriones en Mendoza, perfilándose como el brazo ejecutor más cercano a la ciudadanía.

Para 1813 el rol del decurionato se extendió a partidos aledaños y la ruralidad. Sin embargo el mecanismo comienza a tener algunas limitaciones que consistían en una perspectiva clara de la autoridad y responsabilidad de estos, se presentaban incompatibilidades con el alcalde de primer voto y se los humillaba por ser una autoridad nueva, que no existía en los tiempos coloniales. Sin embargo, el decurión tenía que entablar relaciones con el Juez de policía para llevar adelante su misión en cuanto a las demandas de construcción de puentes, calzadas, abastecimientos y aguas. Esta situación causaba algunas confusiones en la población sobre el rol de estas nuevas soberanías políticas de un régimen recientemente establecido.

En la época sanmartiniana los decuriones fueron utilizados pragmáticamente por el Ejecutivo cuyano. Para ello se modificó el procedimiento anterior, con la finalidad de potenciar y valorar la figura del decurión en el cuartel y los barrios, asegurando que la autoridad de los mismos sería comparable con los alcaldes ordinarios. Una vez solucionado el problema de “soberanías jurídicas” y políticas de cada uno de los niveles del Estado, San Martín se apoyo en estos estatales potenciados para misiones fundamentales referidas a la construcción y financiamiento del Ejército Libertador. Basado en un estricto control sobre los decuriones electos, la causa revolucionaria delegó en estos, la recaudación del régimen de impuestos que van a suministrar y desarrollar la gesta sanmartiniana. Llegados a este punto, se puede inferir cuáles eran las funciones de “funcionarios subalternos” en el epílogo de la tiempos de San Martín en Mendoza.

Por lado, se tratada de unificar el concepto de policía, con una derivación de Justicia que en donde tenía la obligación de oír demandas en asuntos no graves, colaboración con el gobierno, policía de costumbres, vigilancia o informes reservados. Bajo estas atribuciones, los decuriones estaban ubicados en un rango inferior a los alcaldes ordinarios, pero a la vez, por encima de sus tenientes, alcaldes de Hermandad que aún seguían existiendo, por lo tanto, se incrustaba directamente en la estructura de control y disciplinamiento del Estado post revolucionario.  Sin embargo, un costado para atender con respecto a esta figura, es su función en términos de orden material, en cuanto a salubridad y ordenamiento urbano, lo que lo sujetaba al regidor del  Juez de policía y su teniente. Evidentemente, estos subalternos fueron creados par poner a dialogar las diferentes estructuras del Estado en cercanía a la población basado en un concepto de territorialidad muy marcado.

Para la historiadora Eugenia Molina, la vigencia del decurionato y el mantenimiento unido de las causas de justicia y policía, se conectó precisamente con la necesidad de los gobiernos  provinciales de asegurar su presencia en la vida diaria de los pobladores.  Así, los decuriones siguieron siendo garantes de la armonía comunitaria en el espacio de su cuartel, ayudando a construir desde la base el consenso y la obediencia necesarios para la viabilidad del orden que la elite buscó instaurar desde 1820.  Sin embargo,  parecería que ese consenso pasó a vincularse progresivamente con el disciplinamiento en una serie de comportamientos públicos que se consideraban básicos para un orden republicano representativo, intentando reprimir las espontaneidades heredadas de la revolución, ello a través de un creciente control social.[3]

Se presentaban a los decuriones como una  imposición clave para garantizar un control efectivo, con vista al progresivo disciplinamiento social no sólo en vinculación con el nuevo modelo ganadero, sino también respecto de una serie de comportamientos públicos en la línea de la “civilización de las costumbres”.[4]  La fortaleza de este mecanismo se produjo bajo el sistema de Cabildo, de herencia colonial. A medida que se fueron suprimiendo dichos organizaciones españolas el rol  de estos funcionarios fue desvirtuando y desapareciendo, pero eso será motivo de otro artículo.

Referencias Bibliográficas

  • Acevedo, Edberto; 1979; Orígenes de la organización judicial de Mendoza, Fundación para la Educación, la Ciencia y la Cultura; Buenos Aires, Argentina.

 

  • Molina Eugenia; 2010; Los funcionarios subalternos de justicia en Mendoza, 1820-1852: entre el control comunitario y el disciplinamiento social.; En: http://journals.openedition.org/nuevomundo/59353

 

 

[1] Molina Eugenia; 2010;  Los funcionarios subalternos de justicia en Mendoza, 1820-1852:
 entre el control comunitario y el disciplinamiento social.; En: http://journals.openedition.org/nuevomundo/59353

[2] Acevedo, Edberto; 1979; Orígenes de la organización judicial de Mendoza, Fundación para la Educación, la Ciencia y la Cultura; Buenos Aires, Argentina.

[3] Ibídem op, cit ref. 1

[4] Ibídem op, cit ref. 1

 

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