Criminalización de la protesta social en Mendoza

Situación de los dirigentespolíticos/sociales/sindicales en los últimos años. Por Pablo Garciarena y Juan Grabois.

En el marco del paradigma del orden o “la ilusión del orden”, el conflicto es visto como algo negativo, es desviación, desorden, etc. Ahora bien, es una circunstancia inescindible de la sociedad. Frente a esta conflictividad, lo que hace el Estado define su sistema político; es decir, cómo gestiona o actúa frente a la misma. En los últimos años, el gobierno de la provincia de Mendoza acude a un modelo reactivo y punitivo frente al conflicto social, especialmente frente a casos donde la ciudadanía pretende ejercer el derecho a la protesta. La respuesta es exclusivamente punitiva y represiva. No obstante, estas orientaciones de la política criminal y de seguridad, tanto la normativa local como internacional, las resoluciones de las instancias internacionales de protección de DDHH como así también los tribunales locales, reconocen la más alta jerarquía normativa al derecho a peticionar ante las autoridades, el derecho de reunión, de libertad de expresión y de libre de asociación.
– https://www.pensamientopenal.com.ar/doctrina/91159-criminalizacion-protesta-social-mendoza
 
Juan Grabois: Abogado. Docente Universitario. Militante social.

Pablo Garciarena: Abogado. Docente Universitario. Activista de DDHH.

 
 
 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *